El feminicidio será delito autónomo


  • Al culpable de este ilícito se le aplicarán de 40 a 60 años de prisión, además del pago de una multa de 500 a mil UMAs.

  • Avalan que el abigeato sea calificado como delito grave, con sanciones que van de 2 a 10 años de cárcel para los culpables.


El Pleno de la LXIII Legislatura aprobó por unanimidad de los presentes, el dictamen que resuelve diversas iniciativas de reforma al Código Penal del Estado de Aguascalientes, entre las que destacan la tipificación del feminicidio como delito autónomo, aplicándose un castigo para los culpables de 40 a 60 años de cárcel y al pago de una multa que va desde los 500 a mil umas.

Se amplían el número de hipótesis para la investigación de estos casos, tal como el homicidio se da por razones de género y la víctima haya tenido una relación de parentesco con el victimario, en concubinato, noviazgo, matrimonio o relación laboral que implique confianza.

De igual manera, cuando la víctima presente violencia sexual de cualquier tipo, mutilaciones o agresiones previas a la privación de su vida. Se considera como hipótesis de investigación también, cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público o además a la víctima la hayan obligado a prostituirse o ser afectada por el delito de trata de personas.

En lo particular, el legislador Guillermo Gutiérrez Ruiz Esparza, a nombre del GPPAN-PES, propuso las hipótesis antes mencionadas, las cuales fueron aprobadas.

Sobre el tema de feminicidio, la diputada Martha Elisa González, al hacer uso de la voz en tribuna expresó su aval al dictamen, tras considerar el feminicidio como delito que el aumento de violencia hacia la mujer debe ser castigado con toda severidad, ratificando así  una clara y justa respuesta a las mujeres y niñas del Estado de Aguascalientes.

Por otro lado, en la aprobación también se estableció dentro del Código Penal Local, que el abigeato sea calificado como grave, aplicándose castigos de 2 a 10 años de prisión.

Se hizo la especificación de todas las especies de cuadrúpedos, incluyendo a las abejas que estén en zonas apiarias, que forman parte de los elementos considerados dentro de este tipo de robo.

De igual manera, quedó establecido que es considerado abigeato cuando el culpable se apropie de dos o más cabezas de ganado. Además de considerarse como una agravante la alevosía y ventaja cuando se dé este delito entre familiares.

Al respecto, la diputada Guadalupe de Lira del Partido Acción Nacional, celebró que ahora el abigeato será juzgado como delito grave, esto en pro de la protección del patrimonio de ganadero y trabajadores del campo.

Es de resaltar que el diputado Gustavo Báez Leos, en su calidad de presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, solicitó a la mesa directiva el retiro del dictamen estipulado en el punto VI del orden del día, siendo aprobada su petición.

En el mismo sentido, el antes mencionado y el legislador Guillermo Gutiérrez Ruiz Esparza, en su calidad de presidente de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, solicitó el retiro del dictamen con el punto VIII del orden del día, a quien el Pleno le autorizó la solicitud.

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